Opinión · Vivienda y fiscalidad

Los jubilados que ya pagaron su casa: ¿deben seguir pagando IBI?

La vivienda en propiedad puede dar seguridad en la vejez, pero no garantiza ingresos para afrontar todos los recibos.
Artículo de opinión · Marco Musumeci D'Agata · 14 de octubre de 2026 · 4 minutos de lectura
Fotografía ilustrativa editorial sobre vivienda y fiscalidad

Una jubilación no se mide por el valor catastral

Pienso en quienes trabajaron cuarenta años, pagaron una hipoteca y hoy viven en la misma casa con una pensión ajustada. Para ellos, el hogar no es un plan de inversión especulativa. Es su historia. Pese a ello, las facturas continúan llegando y muchas se encarecen cuando la capacidad de generar nuevos ingresos se reduce.

Que una persona posea una vivienda no significa que tenga liquidez. Una casa puede haber aumentado de valor mientras su propietario sigue cobrando lo mismo cada mes. Esta diferencia entre patrimonio e ingresos merece un lugar central en el debate sobre el IBI de la residencia habitual.

El impuesto existe, pero puede debatirse su diseño

El IBI es un tributo municipal regulado por la legislación española. No es un alquiler del Estado ni una carga arbitraria ajena a la ley. Y su recaudación sostiene parte de la actividad local. Reconocer estos hechos no impide preguntarse si sería razonable una exención de la vivienda habitual o, al menos, protecciones mucho más extensas para mayores con bajos ingresos.

Yo defiendo estudiar la reforma general y, durante cualquier transición, facilitar bonificaciones legalmente autorizadas y ayudas sociales bien diseñadas. No me conformaría con medidas que obliguen a una persona de ochenta años a superar formularios difíciles o a demostrar una y otra vez datos que las administraciones ya conocen.

La trampa de tener casa y no tener dinero

El debate suele dividir a las personas entre propietarios y no propietarios. A mi juicio, esa clasificación es demasiado sencilla. Existen propietarios con grandes rentas y viviendas numerosas; pero también viudas, pensionistas y personas dependientes cuyo único activo es la casa donde viven.

Un sistema humano no debería confundir ambas situaciones. Podría evaluar renta disponible, vulnerabilidad, uso real del inmueble y circunstancias de dependencia. El objetivo es evitar que los recibos asociados al hogar se conviertan en una carga desproporcionada para quien ya no puede aumentar sus ingresos trabajando más horas.

La alternativa italiana y la realidad española

Italia exime con carácter general de IMU a la vivienda principal, salvo categorías de lujo. Croacia también protege frente a su impuesto inmobiliario anual a las residencias permanentes. No afirmo que esos sistemas resuelvan todos los problemas de envejecimiento, pensiones o desigualdad. Son precedentes útiles para preguntar si España debería separar mejor domicilio habitual e inversión.

La reforma española tendría que cuantificar beneficiarios y coste, y proteger especialmente a municipios con mucha población envejecida. En determinadas localidades, reducir ingresos sin compensación pondría en riesgo precisamente los servicios que necesitan las personas mayores.

Proteger sin olvidar a quienes alquilan

También pienso en los pensionistas que nunca lograron comprar una vivienda. Pueden enfrentarse a alquileres crecientes y una inseguridad incluso mayor. Una propuesta de equidad exige mirarlos a ellos también. Por eso vincularía cualquier alivio del IBI a una estrategia que aborde alquiler asequible, atención a la dependencia y calidad de los servicios locales.

No quiero crear una competición entre personas mayores según su régimen de tenencia. Quiero que cualquier persona pueda envejecer con la dignidad que merece.

Del recibo a la dignidad

El recibo del IBI es una cuestión económica concreta. Su significado social puede ser mucho más profundo. Cuando una familia deja de ver tranquilidad en su propia casa porque teme cada pago inevitable, debemos preguntarnos si la política está cumpliendo su función.

Mi aspiración es una reforma fiscal que distinga entre quienes buscan rentabilidad y quienes necesitan seguridad residencial. Pero la mediría por sus resultados: menos vulnerabilidad, más transparencia y servicios municipales intactos. Las personas mayores no deberían ser una nota a pie de página en ese debate, sino una de sus razones principales.

Procedimientos que una persona mayor pueda utilizar

Toda ayuda fiscal debería poder tramitarse presencialmente y mediante representación autorizada, además de por internet. No convertiría la alfabetización digital en una condición para acceder a un derecho. Pondría especial atención a las personas que residen temporalmente con familiares, pasan temporadas hospitalizadas o han ingresado en un centro asistencial. Sus situaciones no encajan siempre en formularios rígidos y pueden generar injusticias si la Administración responde automáticamente con una denegación. También pediría notificaciones inteligibles, plazos razonables y atención telefónica real. Cuando hablamos de proteger la vivienda de las personas mayores, la reforma no termina en el importe a pagar: incluye la manera en que las instituciones se relacionan con ciudadanos que merecen claridad, paciencia y respeto.

Esta es una reflexión y propuesta personal del autor. Las medidas expuestas exigirían el correspondiente estudio económico y, en su caso, una reforma legal.

Fuentes y normativa de referencia
Marco Musumeci D'Agata
Economista político y filántropo
Presidente del Movimiento Liberal Español
marco@musumeci.es
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