Opinión · Vivienda y fiscalidad

Italia y Croacia eximen la vivienda habitual: ¿puede España reformar el IBI?

Los ejemplos europeos muestran que residencia habitual e inversión inmobiliaria pueden recibir un tratamiento fiscal diferente.
Artículo de opinión · Marco Musumeci D'Agata · 14 de octubre de 2026 · 4 minutos de lectura
Fotografía ilustrativa editorial sobre vivienda y fiscalidad

La comparación europea exige precisión

Cuando se afirma que en Europa hay países donde no se paga IBI por la primera vivienda, hay que separar tres conceptos: primer inmueble adquirido, vivienda habitual y única vivienda en propiedad. No siempre coinciden. Yo defiendo estudiar una protección fiscal de la residencia habitual, verificable y orientada al derecho a vivir dignamente, sin confundirla con una exención automática por comprar un primer piso.

La comparación con Italia y Croacia ofrece una base concreta para discutirla. No prueba que su modelo pueda trasladarse sin cambios a España. Sí demuestra que otros legisladores han escogido definir usos residenciales protegidos frente a otras formas de propiedad inmobiliaria.

Italia: la residencia principal y la excepción de lujo

La Agencia Tributaria italiana explica que la vivienda principal está exenta del IMU, con excepción de las categorías catastrales A/1, A/8 y A/9, relacionadas con determinadas viviendas de lujo. La normativa atiende a la residencia y a la ocupación habitual; no basta declarar una vivienda como propia cuando no se vive efectivamente en ella.

Para mí, el aspecto más interesante no es copiar las siglas de Italia. Es comprender su decisión política: una vivienda principal corriente puede tener una consideración tributaria distinta a otros inmuebles. La excepción por lujo también abre una cuestión que España debería resolver mediante parámetros transparentes y revisables, no mediante privilegios discrecionales.

Croacia: el uso permanente como criterio

En Croacia, la administración tributaria ha explicado la exención del impuesto sobre inmuebles para propiedades que sirven a la residencia permanente. La discusión sobre cómo se acredita esa residencia pone de manifiesto otro problema práctico: un sistema diferenciado necesita prevenir declaraciones falsas sin imponer una burocracia insoportable a quienes cumplen las reglas.

Podrían emplearse evidencias combinadas, garantías de privacidad, cruces administrativos proporcionados y mecanismos sencillos de recurso. No convertiría el empadronamiento en la única prueba posible: las personas pueden enfermar, cuidar a familiares o trabajar temporalmente fuera sin perder necesariamente su hogar.

Lo que estos países no demuestran

Ni Italia ni Croacia demuestran que la recogida de basura carezca de coste o que los municipios puedan funcionar sin ingresos. En Italia, por ejemplo, la TARI de residuos continúa existiendo. Tampoco significan que todos los propietarios de varias viviendas queden libres de fiscalidad, ni que el mismo resultado deba darse para un gran patrimonio residencial y para una familia con ingresos modestos.

La comparación no debe usarse como eslogan de una sola línea. Debe servir para formular una ley española con definiciones claras, informes presupuestarios, revisiones de impacto y defensa de los contribuyentes.

El modelo que yo sometería a debate

Propondría identificar la vivienda habitual a partir de su uso residencial efectivo; excluir usos turísticos o de inversión; reservar un tratamiento particular para viviendas de gran valor; y crear una compensación estable a los municipios. Complementaría la reforma con medidas para hogares en alquiler, ya que una exención al propietario no garantiza, por sí sola, una rebaja del alquiler.

También pediría evaluar antes y después la distribución de beneficios. Una política llamada social debe poder demostrar si ayuda a quienes más necesitan protección o simplemente concede ahorros mayores a propietarios de viviendas más caras.

Una reforma española con datos españoles

La lección europea es una invitación a legislar, no una excusa para improvisar. España necesita cuantificar cuánto recauda por vivienda habitual en cada municipio, qué servicios se financian y cuánto costaría sustituir esos ingresos. Solo entonces podrá debatirse una exención sostenida en el tiempo.

Estoy convencido de que el hogar puede recibir un trato fiscal distinto del patrimonio de inversión. Y estoy igualmente convencido de que debemos presentar al ciudadano el coste de esa decisión, sin ocultarlo. Un proyecto humanista no elige entre compasión y rigor económico: necesita ambos.

Qué preguntas haría antes de copiar una ley

Preguntaría a las autoridades italianas y croatas cómo verifican la residencia, qué sucede ante traslados temporales y cómo han cambiado los ingresos de sus municipios. Preguntaría también qué mecanismos protegen a los hogares vulnerables y cuáles son sus costes administrativos. Una comparación útil no termina cuando encontramos una norma favorable a nuestra idea. Empieza cuando analizamos sus excepciones, dificultades y efectos que nadie había previsto. En España tampoco hay un único tipo de municipio: un pueblo con población envejecida y una localidad turística afrontan presupuestos diferentes. Una buena reforma tendría que respetar esa diversidad y evitar que la solidaridad estatal dependa de negociaciones opacas. Solo con datos comparables podríamos saber qué aspectos del precedente europeo son transferibles y cuáles necesitarían otra solución.

Esta es una reflexión y propuesta personal del autor. Las medidas expuestas exigirían el correspondiente estudio económico y, en su caso, una reforma legal.

Fuentes y normativa de referencia
Marco Musumeci D'Agata
Economista político y filántropo
Presidente del Movimiento Liberal Español
marco@musumeci.es
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